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Universal Norms on the Liturgical Year and the General Roman Calendar

Universal Norms on the Liturgical Year and the General Roman Calendar

  • Papa Pablo VI
  • Vatican City
  • Vatican City
  • 1969 d.C.

El año litúrgico de la Iglesia despliega todo el misterio de Cristo, especialmente su Pasión y Resurrección, al tiempo que conmemora a María y a los santos como testigos de la salvación. Estas normas se aplican en principio a todos los ritos, pero sus prescripciones prácticas rigen el rito romano. Definen el día litúrgico, establecen el domingo como el Día del Señor y la celebración primordial de la semana, y clasifican las celebraciones en Solemnidades, Fiestas y Memorias. La tabla de precedencia regula las coincidencias, traslados y el uso de las Vísperas. El Triduo Pascual, la Vigilia Pascual, la octava de Pascua, la Cuaresma, la Semana Santa, el Tiempo de Navidad, el Adviento y el Tiempo Ordinario reciben normas detalladas relativas a su duración, prioridades, ayuno, vigilias y signos litúrgicos. El calendario regula asimismo las celebraciones universales y particulares, permitiendo a diócesis, naciones, institutos religiosos e iglesias particulares honrar a santos de relevancia local, preservando a la vez la primacía del ciclo universal. Las Rogativas y las Cuatro Témporas pueden ser adaptadas por las conferencias episcopales y celebrarse con Misas por diversas necesidades. La reforma busca evitar que la acumulación de devociones y festividades oscurezca los misterios salvíficos de Cristo, manifestando al mismo tiempo el alcance universal de la santidad mediante un Calendario Romano General cuidadosamente delimitado.

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